Preguntas Frecuentes

El Cabys constituye un catálogo que agrupa los bienes y servicios en categorías jerarquizadas, el cual deberá utilizarse al momento de emitir los comprobantes electrónicos.

Las tarifas del impuesto sobre el valor agregado (IVA) que se publiquen en el CAByS son únicamente una referencia informativa.

La facturación electrónica o mejor correctamente llamado documento electrónico es un archivo digital, generado y transmitido en formato digital al vender un bien o servicio, que sustituye la factura en papel.

  • Factura electrónica emitida al brindar servicios o vender productos cuando el receptor del documento es un obligado tributario.
  • Tiquete electrónico emitido por el comercio al vender un producto.
  • Nota de crédito para venta o servicio que se paga en el tiempo.
  • Nota de débito para saldos a favor de una persona.
  • Factura electrónica de compra que emite el adquirente de un bien o servicio para respaldar la operación realizada, en el caso que el contribuyente que venda o preste el servicio no esté obligado a la emisión de comprobantes electrónicos.

Quienes incumplan las normas están expuestos a dos tipos de multa. Pagarían el 2% de los ingresos, con un mínimo equivalente a tres salarios base (¢1.278.600) y un máximo de 100 (¢43.620.000), en caso de no haberse inscrito en el sistema de facturación electrónica Se pagaría la multa equivalente a dos salarios base en caso de no hacer una factura válida, exponiéndose al cierre del local hasta por cinco días en caso de reincidencia

Son los documentos electrónicos que emite el adquirente de un bien o servicio (me auto facturo) para respaldar la operación realizada, en el caso que el contribuyente que venda o preste el servicio no esté obligado a la emisión de comprobantes electrónicos; por ejemplo bienes o servicios adquiridos a personas jurídicas o físicas inscritas en Regimen Simplificado. La emisión de la factura electrónica de compra no aplica a los casos de contribuyentes inscritos como emisores receptores electrónicos no confirmantes y entidades reguladas por la Superintendencia de Entidades Financieras (SUGEF) que realizan intermediación financiera, así como el transporte público y el pago a entidades del Estado por las actividades habituales para la cual fueron creadas.